FASE II DESESCALADA #COVID_19

FASE II DESESCALADA #COVID_19

24/05/2020

#EsteVirusLoParamosUnidos

mapa fase 2

Guadalcanal accede a partir de mañana lunes 25 a la FASE II en el Plan de Desescalada en la crisis del COVID 19 que el Gobierno ha establecido por unidades territoriales, siendo en nuestro caso la provincia de Sevilla. 

 

FLEXIBILIZACIÓN DE MEDIDAS SOCIALES

 

  •  Se puede circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia, respetando las medidas de seguridad e higiene y la distancia mínima de seguridad, en grupos de un máximo de 15 personas. Este límite no se aplicará entre convivientes.

  •  Las personas de hasta 70 años podrán realizar actividad física no profesional en cualquier franja horaria excepto entre las 10:00 y 12:00 horas y entre las 19:00 y 20:00 horas.

  •  Durante estos contactos sociales con terceros no convivientes deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias: distancia mínima de seguridad de dos metros, medidas alternativas de protección física si no fuera posible, higiene de manos y etiqueta respiratoria.

  •  Los velatorios podrán realizarse con un límite máximo de 25 personas en espacios al aire libre o 15 personas en espacios cerrados, con independencia de que los mismos sean convivientes. La comitiva para la despedida de la persona fallecida se restringe a un máximo de 25 personas y siempre respetando las medidas de distanciamiento e higiene.

  • 9 Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un 50% de su aforo. Se mantendrá la distancia de seguridad de, al menos, dos metros entre las personas. El aforo máximo deberá publicarse en lugar visible del espacio destinado al culto.

  •  Las ceremonias nupciales podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, siempre que no se supere el 50% de su aforo. Podrán asistir un máximo de 100 personas en espacios al aire libre o de 50 personas en espacios cerrados, manteniendo la distancia social, higiene de manos y etiqueta respiratoria.

  •  Se podrán a realizar actividades de turismo activo y de aturaleza en grupos de hasta 20 personas, debiendo concertarse estas actividades preferentemente mediante cita previa.

  •  Se permitirá la realización de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias promovidos por cualesquiera entidades de naturaleza pública o privada. A estos efectos, se procederá a la apertura de pabellones de Congresos, salas conferencias, salas multiusos y otros establecimientos e instalaciones similares.

 

HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN

 

  •  Podrán reabrir al público los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, siempre que no se supere un 40% de su aforo.

  •  No pueden abrir las discotecas y bares de ocio nocturno.

  •  El consumo dentro del local podrá realizarse únicamente sentado en mesa, o agrupaciones de mesas, y preferentemente mediante reserva previa. En ningún caso se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente.

  •  Se puede encargar comida y bebida para llevar en el propio establecimiento.

  •  Las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería mantienen la limitación al 50% de las mesas, con una ocupación máxima de 10 personas.

  •  Entre un cliente y otro se deberá proceder a la limpieza y desinfección del equipamiento de la terraza, en particular mesas, sillas, así como cualquier otra superficie de contacto.

  •  Se priorizará la utilización de mantelerías de un solo uso y se deberá poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con acción virucida.

  •  Se fomentará el pago con tarjeta y se evitará el uso de cartas de menú de uso común.

  •  Vajilla, cristalería, cubertería o mantelería, entre otros, se almacenarán en espacios cerrados y, si no es posible, lejos de zonas de paso de clientes y trabajadores.

  •  Se eliminarán productos de autoservicio como servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras, y otros utensilios similares, priorizando monodosis desechables.

  •  En el caso de servicios que no permitan el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal, los trabajadores deberán utilizar el equipo de protección adecuado al nivel de riesgo que asegure tanto su protección como la del cliente.

 

SERVICIOS SOCIALES

 

  •  Las Comunidades Autónomas y las ciudades autónomas podrán permitir en su ámbito territorial la realización de visitas a los residentes de viviendas tuteladas, centros residenciales de personas con discapacidad y centros residenciales de personas mayores.

  •  Las visitas a centros residenciales de personas mayores se realizarán preferentemente en supuestos excepcionales, tales como el final de la vida o el alivio de descompensación neurocognitiva del residente.

  •  Se deberá concertar previamente la visita con la vivienda tutelada o el centro residencial.

 

ACTIVIDADES CULTURALES

 

Se flexibilizan las medidas para el acceso a bibliotecas, salas de exposiciones y monumentos que, con carácter general, deben tener en cuenta las siguientes medidas:

  •  Las salas que cuenten con mostradores de información y atención al público deberán instalar elementos y barreras físicas de protección en el área de recepción de visitantes.

  •  Instalación de carteles con normas y recomendaciones específicas para el público, así como de vinilos de señalización con indicaciones sobre la distancia de seguridad, para evitar que se formen colas o aglomeraciones en la entrada y/o salida.

  •  Los inmuebles deberán someterse de forma previa a la reapertura a una limpieza y desinfección selectiva de las partes accesibles al público. Si hay bienes culturales se deben seguir, además, las normas recomendadas por el Instituto del Patrimonio Cultural de España.

  •  Los lugares donde no pueda garantizarse la seguridad de los visitantes por sus condiciones especiales o por imposibilidad de realizar las tareas de desinfección necesarias, serán excluidos de la visita pública.

  •  No habrá servicio de guardarropa ni de consigna.

  •  Estará inhabilitado el uso de los elementos expuestos diseñados para un uso táctil por el visitante, así como las audioguías, folletos u otro material análogo.

 

Bibliotecas

 

- Podrán llevarse a cabo actividades de consulta en sala siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado

- Cuando un usuario abandone un puesto de lectura, este habrá de ser limpiado y desinfectado

- Se podrá hacer uso de los ordenadores y medios informáticos, catálogos de acceso público en línea, catálogos en fichas de la biblioteca o publicaciones electrónicas, los cuales deberán limpiarse tras cada uso.

- Se permite el préstamo interbibliotecario entre las bibliotecas ubicadas en alguna de las unidades territoriales previstas en el anexo de la orden.

- Las salas infantiles y las colecciones de libre acceso permanecerán cerradas.

 

 Salas de exposiciones:

 

Pueden abrirse al público las salas de exposiciones siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado y se adopten las medidas necesarias para el debido control de las aglomeraciones. Además de las normas de higiene y protección, establecidas con carácter general, deben aplicarse las siguientes normas:

- Se evitará la celebración de eventos de inauguración de exposiciones que puedan suponer aglomeración de personas en un espacio cerrado.

- Para el montaje y desmontaje de exposiciones temporales se evitará la confluencia de trabajadores de distintas especialidades y se mantendrá en todo momento la distancia interpersonal de dos metros.

- Se deberá limpiar y desinfectar, al menos una vez al día, el interior de las cabinas de los vehículos de las empresas de transporte, al igual que los puntos de agarre de la maquinaria, los elementos auxiliares y las herramientas que se utilicen durante el montaje.

- Si hay varias empresas implicadas en el montaje, se realizará un escalonamiento horario de las entradas y salidas, concentrando los trabajos de cada empresa en diferentes días y horarios.

ACTIVIDADES DEPORTIVAS

Los entrenamientos de los deportistas se desarrollarán siempre cumpliendo estrictamente las medidas de prevención e higiene establecidas por las autoridades sanitarias. Los deportistas no podrán compartir ningún material de uso individual. Si esto no fuera posible, cualquier equipo o material utilizado para ejercicios tácticos o entrenamientos específicos o de mantenimiento mecánico y de material o equipación de seguridad, tendrá que ser desinfectado tras cada uso.

Se procederá a la limpieza y desinfección de las instalaciones de acuerdo con lo establecido en la orden ministerial.

  •  Los deportistas integrados en clubes participantes en ligas no profesionales podrán realizar entrenamiento básico, de manera individual, en los centros de entrenamiento de que dispongan los clubes o en otro tipo de instalaciones que se encuentren abiertas al público.

  •  La licencia emitida por la federación deportiva sirve de acreditación para el deportista.

  •  Los clubes deportivos profesionales o Sociedades Anónimas Deportivas podrán desarrollar entrenamientos de carácter total dirigidos a la fase previa de la competición, incluyendo

  • acciones conjuntas en grupos de varios deportistas hasta un máximo de 14 personas.

  •  Las tareas de entrenamiento en ligas profesionales se desarrollarán siempre que sea posible por turnos, evitando superar el 50% de la capacidad de la instalación para los deportistas.

  •  Está permitido el uso de los vestuarios.

  •  Las reuniones técnicas de trabajo se pueden realizar con un máximo de 15 participantes, incluyendo al técnico, y manteniendo las medidas de seguridad establecidas.

  •  Los árbitros pueden acceder a las instalaciones, para su entrenamiento, en las mismas condiciones aplicables a los deportistas y personal técnico.

  •  Los medios de comunicación no pueden asistir a las sesiones de entrenamiento.

  •  Reanudación de la competición de las Ligas Profesionales.

- La competición se reanudará sin público y a puerta cerrada.

- Se permitirá la entrada de medios de comunicación para la retransmisión de la competición.

- El Consejo Superior de Deportes, antes del inicio de la competición, determinará el número de personas que podrán acceder a los estadios y pabellones.

Apertura de instalaciones cubiertas

- La competición se reanudará sin público y a puerta cerrada.

- Pueden acceder los deportistas de alto nivel, de alto rendimiento, profesionales, federados, árbitros o jueces y personal técnico federativo.

- La actividad deportiva requerirá concertar cita previa con la entidad gestora. Para ello, se organizarán turnos horarios, fuera de los cuales no se podrá permanecer en la instalación.

- Se respetará el límite del 30% de capacidad de aforo de uso deportivo en cada instalación, tanto en lo relativo al acceso, como durante la propia práctica.

- Solo puede acceder con el deportista un entrenador en el caso de ser necesario, circunstancia que deberá acreditarse. Se exceptúan las personas con discapacidad o menores que requieran la presencia de un acompañante.

HOTELES Y ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS

  •  Pueden reabrirse al público las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos, siempre que no se supere un tercio de su aforo y se mantengan las medidas establecidas en el ámbito de la hostelería y restauración.

  •  El establecimiento debe determinar los aforos de los distintos espacios comunes, así como aquellos lugares en los que se podrán realizar eventos conforme al aforo y medidas de higiene y protección establecidas.

  •  Los espacios cerrados donde se vayan a celebrar eventos, actividades de animación o gimnasios, deben ventilarse dos horas antes de su uso.

  •  Las actividades de animación o clases grupales deben organizarse con un aforo máximo de 20 personas y respetándose la distancia mínima de seguridad entre personas y entre estos y el animador o entrenador. Se realizarán preferentemente al aire libre y se evitará el intercambio de objetos.

  •  Pueden reabrirse las piscinas y spas del establecimiento según las indicaciones del capítulo siguiente de esta guía.

Plan para la Transición hacia una nueva normalidad

Guía FASE II
Nombre Tamaño Tipo
Plan_Transicion_Guia_Fase_2 475,15 KB